Vivimos en una sociedad en el que ser el mejor a veces parece casi una imposición, pero para destacar en cualquier sector hay que estudiar, formarse y aprender día a día. Sin embargo, y con independencia del deseo de crecer a nivel profesional que posea cada persona, existen varios cursos obligatorios por ley para empresarios y trabajadores. Te contamos cuáles son.
Cursos obligatorios: Prevención de Riesgos Laborales
La Prevención de Riesgos Laborales persigue que los trabajadores gocen de seguridad y salud en sus puestos de trabajo, y para ello es necesario identificar, evaluar y controlar los riesgos asociados a un proceso productivo y fomentar la implantación de medidas para prevenir los peligros derivados del trabajo. Podríamos sostener que trata de actuar sobre aquellos factores que
pueden afectar negativamente a la salud del trabajador. Desde el punto de vista legal, el artículo 14 de la Ley 31/95 de PRL dice: «Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo».
En este sentido, el empresario debe cumplir todas las exigencias de la ley 31/1995 de PRL desde el momento en el que contrata a un trabajador, o su actividad es contratada o subcontratada por otra empresa, o contrata o subcontrata a otra empresa. Las disciplinas técnicas en Prevención de Riesgos Laborales son:
-Seguridad en el Trabajo
-Higiene Industrial
-Ergonomía y Psicosociología Aplicada
-Medicina del Trabajo
Si hablamos de cursos obligatorios es, entre otros motivos, porque eludirlos trae consigo una penalización. Es el Artículo 40 R.D. 5/2000 el que regula la cuantía de las sanciones que se le aplicarán al empresario, que abarcan desde los 40 euros cuando las faltas son leves hasta los 819.780 euros si son muy graves.
Más cursos obligatorios: Protección de datos
Las empresas, como es lógico, manejan ficheros físicos o informáticos que incluyen un gran número de datos: de empleados, proveedores, clientes, facturas… Así, la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y el Reglamento de Medidas de Seguridad establece una serie de obligaciones para los empresarios en relación a todo el proceso del tratamiento de datos.
La LOPD marca:
1. Notificar los ficheros de datos a la AGPD, automatizados y no automatizados.
2. Redactar cláusulas sobre su política de protección de datos.
3. Firmar contratos con terceros con acceso a datos informatizados (gestorías, empleados, empresas
informáticas…) o accesos físicos (empleados, empresas de limpieza, seguridad…).
4. Establecer medidas técnicas y organizativas
5. Formar a todos los usuarios que accedan a datos de la empresa.
Por tanto, la Implantación de la Protección de Datos es otro de los cursos obligatorios, no en vano el incumplimiento del deber de seguridad será considerado como infracción grave con una sanción de 40.001 a 300.000 euros.
¿Es obligatorio el curso de Prevención de Blanqueo de Capitales?
La Ley 10/2010 28 de Abril de Prevención de blanqueo de capitales, en el art.2.1, regula cuáles son las empresas que deben cursar esta materia. Algunas de estas empresas son las entidades bancarias, servicios postales, entidades aseguradoras, notarías, abogados, consultorías, casinos o joyerías. Sin embargo, el art.38 amplía el abanico a todas las personas físicas o jurídicas que comercien con cualquier tipo de bien cuyo importe sea superior a 15.000€ en una o varias operaciones.
Los empleados de estas empresas tendrán que tener acceso a acciones formativas orientadas a detectar las operaciones que puedan estar relacionadas con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo e instruirles sobre la forma de proceder en tales casos. Estos cursos obligatorios serán objeto de un plan anual, que diseñado en función de los riesgos del sector de
negocio, será aprobado por el órgano de control interno”.
Por lo que respecta a las sanciones, cabe resaltar que son bastante elevadas. Para las empresas podrían alcanzar los 60.001 euros, y para los empresarios los 600.000 euros e incluso la inhabilitación del cargo en el plazo de 10 años.
Cursos obligatorios por ley en PLATEA FORMACIÓN
En PLATEA FORMACIÓN ofrecemos estos tres cursos en modalidad online, pero cada uno de ellos cuentan con la tutorización de un profesional que os explicará en qué consiste la ley y las medidas concretas para que se estas se cumplan. Desde PLATEA diseñamos un plan de formación a medida y representamos a las empresas ante FUNDAE para tramitar las correspondientes bonificaciones. Ofrecemos la posibilidad de realizar los cursos obligatorios como formación bonificada al 100%. Si tienes cualquier duda al respecto, pregúntanos.
Buenas tardes.
Desearia saber si todas las empresas deben tener el certificado de riesgos laborales???
Somos una empresa que sé esta instalando en Barcelona, somos una entidad de tipo finaciero online, tendremos oficina fisica ,con unos 15 trabajadores aproximadamente, pero no es una oficina con flujo de gente constante.
Agradecería poder tener información.
Gracias.
Buenos días. Sí, es obligatorio. Según la ley de prevención de riesgos laborales, «los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo» y el empresario está obligado a garantizarla. La empresa debe tener un plan de prevención de riesgos laborales, una evaluación de los riesgos y una planificación de la actividad preventiva. Los trabajadores deben recibir la información y formación relacionada con sus puestos de trabajo. Un saludo